Durante la etapa de la decisión sobre la autorización, el personal del IB revisará los comentarios de la delegación visitante sobre la visita de verificación y establecerá si el colegio cumple los requisitos de autorización.
El director general del IB es en última instancia el responsable de decidir el resultado de todas las solicitudes de autorización que presenten los colegios solicitantes.
La autorización para impartir cualquier programa del IB la concede o la deniega el IB, a su exclusivo criterio. Si el IB concede la autorización al colegio, lo hará con la condición de que el centro cumpla las Normas para los Colegios del Mundo del IB (PDF, 3,5 KB).
Actividades
Una vez que el IB haya revisado los comentarios de la delegación visitante sobre la visita de verificación, redactará el informe sobre la autorización y notificará al colegio su decisión sobre la autorización. Las actividades del colegio durante esta etapa dependerán totalmente de esa decisión.
Si el colegio ha recibido la autorización, deberá revisar, firmar y devolver el acuerdo de autorización al IB.
- Una vez que el IB reciba el acuerdo firmado, le enviará al colegio su certificado de autorización.
Si el colegio no ha cumplido los requisitos de autorización, deberá hacer lo siguiente:
- Revisar la información que el IB le haya proporcionado y resolver las cuestiones que requieren acción inmediata dentro del plazo estipulado
- Mantenerse en contacto con el responsable de las relaciones del programa que se le haya asignado mientras se esfuerza por reunir y enviar la información adicional o actualizada necesaria
- Colaborar con el IB para programar una visita de evaluación de seguimiento (pagada por el colegio), si es necesaria
El IB revisará la información presentada para establecer si el colegio ha resuelto esas cuestiones que requieren acción inmediata.
El IB se reserva el derecho de denegar la autorización a los colegios que la soliciten. En caso de denegarse la autorización, el IB resumirá las razones que hayan motivado esta decisión. La decisión será concluyente, por lo que no podrá ser revisada ni apelada. Si a un colegio se le deniega la autorización y quiere volver a solicitarla, únicamente podrá hacerlo cuando hayan transcurrido al menos dos años desde la fecha de la carta que le haya enviado el IB para comunicarle la decisión de denegación. Las nuevas solicitudes estarán sujetas a las mismas condiciones que las solicitudes iniciales.
Desarrollo profesional
Los colegios ya habrán completado durante su etapa como colegios solicitantes el desarrollo profesional que necesitan para la autorización. La etapa de la decisión sobre la autorización no plantea ningún requisito de desarrollo profesional adicional.
Costos
La etapa de la decisión sobre la autorización no supone ningún costo adicional, a menos que el IB establezca que el colegio requiere una visita de evaluación de seguimiento para abordar cualquier requisito que no se haya cumplido. En esos casos, el colegio deberá cubrir los gastos de la visita de evaluación de seguimiento.
Logros
Durante la etapa de la decisión sobre la autorización se deben alcanzar los logros siguientes:
- El IB comunica su decisión sobre la autorización.
- El colegio envía el acuerdo de autorización, firmado por el personal pertinente.
- El IB concede la autorización.
Puntos de contacto
El colegio seguirá colaborando estrechamente con el responsable de las relaciones del programa del equipo de autorización del IB que se le haya asignado como contacto durante su etapa como colegio solicitante.
Próximos pasos
Una vez que se le haya concedido la autorización, se reconocerá a ese colegio como Colegio del Mundo del IB y podrá comenzar a implementar el programa. Este es un logro importante y el IB reconoce los aportes de todos los miembros de la comunidad escolar en ese proceso.
Obtenga más información sobre cómo avanzar como Colegio del Mundo del IB.